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Tras el último feriado irrenunciable de este 2024, se destacó el positivo cumplimiento de la Ley 20.828, sobre el derecho a otorgar descansos adicionales para los trabajadores del comercio, periodo en el cual, no se cursaron multas por infracciones a la normativa, cosa que fue destacada desde la Inspección Provincial del Trabajo en Los Andes, desde donde se catalogó el comportamiento de los empleadores, como un concepto que ya se ha internalizado en torno al cumplimiento de la disposición legal tanto del feriado como del día previo donde el comercio debe cerrar sus puertas a las 20 horas.
Un balance que esperan, se repita para la próxima semana cuando el Uno de enero se viva el primer feriado irrenunciable de 2025, donde las condiciones son las mismas tanto para empleadores como empleados. Para estos últimos, el llamado es a denunciar estas malas prácticas, en caso de que sean obligados a cumplir sus labores durante el feriado.
Desde la Inspección del Trabajo se fue enfático en señalar que tanto el 31 de diciembre por la tarde como el Uno de enero durante toda la jornada, se repetirán las fiscalizaciones para verificar que el feriado irrenunciable para el comercio sea respetado. También los días previos se continuará con la campaña informativa y educativa para evitar irregularidades.
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ayer a las 16:53
En el caso de infringir la ley, los empleadores se arriesgan a multas que van de las 5 a las 20 UTM, por cada trabajador respecto del cual se le produce la infracción
ayer a las 17:06
El siniestro comenzó pasado las 4 de la madrugada de este martes en la ribera sur del río Aconcagua, sector El Laberinto