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Revisa la fecha límite para Declaración de Renta

El Servicio de Impuestos Internos estableció un calendario con plazos para presentar la Declaración de Renta y solicitar devolución de impuestos, divididos en dos categorías.

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La Declaración de Renta es un trámite tributario anual y obligatorio en el que miles de contribuyentes (personas y empresas) deben declarar sus ingresos ante el Servicio de Impuestos Internos (SII), un proceso que abarca todo el año comercial anterior. El organismo estatal estableció un calendario oficial que define los plazos exactos para el envío del formulario y para optar a una devolución de impuestos, los cuales se dividen en dos categorías.

De acuerdo a la página del SII, existen dos plazos distintos para el envío del Formulario 22, conforme al resultado de la declaración comercial del usuario:

  • Declaraciones con pago de impuestos: el plazo máximo para enviar el formulario y cancelar la deuda correspondiente es el jueves 30 de abril.
  • Declaraciones con devolución a favor o sin pago: los contribuyentes que se encuentren en esta situación pueden realizar el trámite hasta el viernes 8 de mayo.

El trámite es de carácter obligatorio para todas las empresas y personas con actividades comerciales, así como para aquellos contribuyentes (personas naturales) que cumplan con una serie de condiciones específicas, como haber tenido un ingreso anual superior a los $11.265.804 o haber solicitado el Préstamo Solidario en 2021, entre otros casos.

Las transferencias electrónicas (depósito bancario) para las devoluciones de impuestos se programaron según las fechas en que se realizó la declaración, mientras que quienes soliciten el pago mediante un cheque físico recibirán su dinero en una fecha fija.

El proceso de Declaración de Renta está completamente digitalizado y se debe realizar ingresando al portal de usuario con clave tributaria o Clave Única. Una vez dentro, se selecciona la opción "Servicios en línea" y luego "Declaración de Renta", donde se completa el formulario correspondiente al año a tributar.



Fuente: Meganoticias

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