Incumplimiento de la Ley de Pensión Alimentos: CMF sanciona a cuatro bancos
Las entidades financieras deben verificar el registro de deudores de alimentos y retener parte del préstamo para pagar la pensión en caso de que el solicitante esté en la lista.
El Consejo de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) ha tomado la decisión de aplicar multas a cuatro bancos por infracciones en el marco de la Ley sobre Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias (N° 14.908). Los bancos sancionados son BancoEstado, Banco Santander, Banco Consorcio y Banco Ripley, quienes otorgaron créditos a personas que figuraban en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos (RNPDA).
De acuerdo con la CMF, las instituciones financieras están obligadas a consultar el RNPDA al momento de otorgar un crédito y retener una parte del mismo si la persona solicitante aparece como deudor de alimentos. Esta medida tiene como objetivo destinar los fondos retenidos al pago de las pensiones adeudadas. La sanción impuesta asciende a un total UF 5.778,22 para las cuatro compañías, lo que equivale a cerca $212 millones.
El desglose detallado muestra que BancoEstado deberá pagar UF 3.684,32; Banco Santander-Chile UF 1.946,84; Banco Consorcio UF 62,78; y Banco Ripley UF 84,28. Según explicó la Comisión, estas infracciones afectan directamente a los acreedores de pensiones alimenticias ya que al no efectuarse las retenciones correspondientes no recibieron los dineros adeudados en su oportunidad.
La CMF ha dejado claro que continuará supervisando el cumplimiento estricto por parte del sector financiero respecto a esta ley con el fin proteger los derechos fundamentales relacionados con el pago puntual y completo de pensiones alimenticias.
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