Después de casi siete años de espera, la familia de una mujer de, en ese entonces 63 años, finalmente siente algo de alivio. Tras un extenso proceso judicial, la Corte de Apelaciones de Valparaíso ratificó el fallo de primera instancia que determinó que hubo negligencia médica en la atención que recibió la víctima en distintos centros de salud de la red pública del valle de Aconcagua, en el año 2018. El fallo responsabiliza al Servicio de Salud Aconcagua por las fallas que terminaron costándole la vida y lo obliga a pagar una indemnización de 80 millones de pesos. Según la resolución judicial, la víctima de iniciales S.S.Z. fue atendida en cuatro recintos asistenciales. El Cesfam de Llay Llay, el Cesfam de Catemu, el Hospital San Francisco de Llay Llay y luego el Hospital San Camilo en San Felipe. En cada lugar recibió diagnósticos diferentes y nunca fue el correcto. Esa seguidilla de errores y omisiones impidió que recibiera el tratamiento adecuado a tiempo. La familia de la víctima siempre creyó que algo no estuvo bien en la atención. Ahora, con el fallo en mano, sienten que su lucha valió la pena. El máximo tribunal regional, reconoció que se vulneraron derechos fundamentales, como el acceso a una atención digna y el derecho a la vida. Este no es solo un caso más para los tribunales. Es una historia que pone en evidencia las consecuencias humanas de una atención de salud fragmentada, sin seguimiento ni coordinación. Es también un llamado de atención para fortalecer los protocolos y resguardar la vida de quienes acuden confiando en que serán bien atendidos. Consultados en el Servicio de Salud Aconcagua, se nos señaló que, si bien conocen del caso, por política interna no se refieren públicamente a los fallos judiciales.
Un requerimiento de contienda de competencias ante el Tribunal Constitucional a raíz del fallo por el proyecto minero portuario, Dominga, presentó el gobierno según informó hoy la ministra vocera (s), Aisén Etcheverry. Cabe destacar que el Tribunal Ambiental de Antofagasta acogió la reclamación presentada por Andes Iron SpA en contra de la resolución dictada por el Comité de Ministros el 18 de enero de 2023, que calificó desfavorablemente el proyecto Dominga, ubicado en la comuna de La Higuera en la Región de Coquimbo. De tal manera, la instancia medioambiental declaró la nulidad de esta resolución. Al respecto, Etcheverry explicó que esta acción lo que busca es clarificar cuáles son los ámbitos de competencia, entendiendo desde el Ejecutivo que el fallo invade atribuciones que son privativas del Comité de Ministros y por tanto es el Tribunal Constitucional quien tiene que definir cuál es la interpretación correcta respecto de las atribuciones del Comité de Ministros en esta materia. Ahondando en ese punto, la portavoz del Ejecutivo indicó que lo que se plantea en el requerimiento es una contienda de competencias, es el nombre técnico para definir qué organismo tiene qué competencias. De acuerdo a la interpretación que hace el Ejecutivo, el fallo estaría invadiendo competencias que son atribuciones exclusivas del Comité de Ministros y, por lo tanto, el Tribunal Constitucional es el organismo competente para establecer esa interpretación de manera definitiva y a eso responde el requerimiento, recalcó. Fuente: Emol
Después de casi siete años de espera, la familia de una mujer de, en ese entonces 63 años, finalmente siente algo de alivio. Tras un extenso proceso judicial, la Corte de Apelaciones de Valparaíso ratificó el fallo de primera instancia que determinó que hubo negligencia médica en la atención que recibió la víctima en distintos centros de salud de la red pública del valle de Aconcagua, en el año 2018. El fallo responsabiliza al Servicio de Salud Aconcagua por las fallas que terminaron costándole la vida y lo obliga a pagar una indemnización de 80 millones de pesos. Según la resolución judicial, la víctima de iniciales S.S.Z. fue atendida en cuatro recintos asistenciales. El Cesfam de Llay Llay, el Cesfam de Catemu, el Hospital San Francisco de Llay Llay y luego el Hospital San Camilo en San Felipe. En cada lugar recibió diagnósticos diferentes y nunca fue el correcto. Esa seguidilla de errores y omisiones impidió que recibiera el tratamiento adecuado a tiempo. La familia de la víctima siempre creyó que algo no estuvo bien en la atención. Ahora, con el fallo en mano, sienten que su lucha valió la pena. El máximo tribunal regional, reconoció que se vulneraron derechos fundamentales, como el acceso a una atención digna y el derecho a la vida. Este no es solo un caso más para los tribunales. Es una historia que pone en evidencia las consecuencias humanas de una atención de salud fragmentada, sin seguimiento ni coordinación. Es también un llamado de atención para fortalecer los protocolos y resguardar la vida de quienes acuden confiando en que serán bien atendidos. Consultados en el Servicio de Salud Aconcagua, se nos señaló que, si bien conocen del caso, por política interna no se refieren públicamente a los fallos judiciales.
Un requerimiento de contienda de competencias ante el Tribunal Constitucional a raíz del fallo por el proyecto minero portuario, Dominga, presentó el gobierno según informó hoy la ministra vocera (s), Aisén Etcheverry. Cabe destacar que el Tribunal Ambiental de Antofagasta acogió la reclamación presentada por Andes Iron SpA en contra de la resolución dictada por el Comité de Ministros el 18 de enero de 2023, que calificó desfavorablemente el proyecto Dominga, ubicado en la comuna de La Higuera en la Región de Coquimbo. De tal manera, la instancia medioambiental declaró la nulidad de esta resolución. Al respecto, Etcheverry explicó que esta acción lo que busca es clarificar cuáles son los ámbitos de competencia, entendiendo desde el Ejecutivo que el fallo invade atribuciones que son privativas del Comité de Ministros y por tanto es el Tribunal Constitucional quien tiene que definir cuál es la interpretación correcta respecto de las atribuciones del Comité de Ministros en esta materia. Ahondando en ese punto, la portavoz del Ejecutivo indicó que lo que se plantea en el requerimiento es una contienda de competencias, es el nombre técnico para definir qué organismo tiene qué competencias. De acuerdo a la interpretación que hace el Ejecutivo, el fallo estaría invadiendo competencias que son atribuciones exclusivas del Comité de Ministros y, por lo tanto, el Tribunal Constitucional es el organismo competente para establecer esa interpretación de manera definitiva y a eso responde el requerimiento, recalcó. Fuente: Emol